ANTECEDENTES:
El CTE recoge los requisitos necesarios a utilizar en el equipamiento de los edificios para que la ?Seguridad de las Personas? sea preservada. Concretamente, en su DB SI-3, Capítulo 5, establece los requisitos para las Puertas situadas en recorridos de evacuación.
En la realidad, se encuentra que estos requisitos no se cumplen en su totalidad constituyendo un menoscabo para la Seguridad de las Personas. Los motivos son diversos, pero los fundamentales son:
Existe la preocupación de que el uso de estas prácticas pueda dar lugar, en caso de emergencia, a una situación que acabe en atrapamiento para los usuarios del edificio al no poder abandonarlo en un tiempo de seguridad.
PROPUESTA:
En base a lo anteriormente expuesto, se detecta la necesidad de crear una Guía estableciendo una serie de criterios trasladables a la práctica que compatibilicen de una manera coherente los principios de la ?Seguridad de las Personas? con los de la ?Seguridad de Bienes? en base al estado del arte actual.
Por ello se propone crear una Comisión Intersectorial, coordinada por CEPREVEN, con la asistencia de los diferentes estamentos y entidades públicas y privadas con interés en este tema, para redactar el contenido de dicha Guía.
DESTINATARIOS:
La propuesta de participación se hace extensiva a todos los miembros de CEPREVEN, especialmente a fabricantes en el ámbito de las puertas de evacuación y/o anti-intrusión, aseguradores, administración, bomberos y usuarios.