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03/06/2015

La UE pretende limitar el uso de algunas espumas de extinción

Alemania y Noruega proponen una restricción sobre el ácido perfluorooctanoico (PFOA), sus sales y las sustancias afines al PFOA

Alemania y Noruega han presentado un informe proponiendo una restricción en la fabricación, uso y comercialización en el mercado del ácido perfluorooctanoico (PFOA) y sus sales, incluyendo también las sustancias que se pueden degradar a PFOA (sustancias afines al PFOA), en una concentración igual o superior a 2 ppb. La restricción propuesta abarca también los artículos que contengan estas sustancias.

El PFOA es una sustancia persistente, bioacumulable y tóxica (PBT). Debido a estas propiedades puede causar efectos adversos graves e irreversibles en el medio ambiente y la salud humana. Basado en sus propiedades PBT y CMR (cancerígenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción), el PFOA y su sal (APFO) han sido identificados como sustancias de muy alta preocupación (SVHC) en el Reglamento REACH (Reglamento (CE) nº 1907/2006 -Reglamento REACH, acrónimo de Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de sustancias y mezclas químicas- que entró en vigor el 1 de junio de 2007 y tiene como objetivo principal mejorar la protección para la salud humana y el medio ambiente frente al riesgo que puede conllevar la fabricación, comercialización y uso de las sustancias y mezclas químicas).

En general, las sustancias afines al PFOA se definen como sustancias fluoradas capaces de degradarse a PFOA en determinadas condiciones ambientales. Por lo tanto, el perfil de riesgo de PFOA se aplica también a estas sustancias.
 
El PFOA y un número de sustancias relacionadas con el PFOA se encuentran presentes en el medio ambiente – también en zonas remotas – ya que pueden ser transportados a largas distancias por aire y agua. Ello conlleva que se pueda encontrar en ríos, océanos, agua potable, la atmósfera y la biosfera. Por otra parte, el PFOA está presente en la sangre humana de la población en general. La exposición humana tiene lugar a través del medio ambiente, por ejemplo el consumo de agua potable y alimentos, la ingestión o inhalación de polvo contaminado (resultante de la utilización de productos de consumo).


La ECHA (European Chemicals Agency) lanza la consulta pública sobre esta restricción, que finalizará el 17 de junio de 2015, a la que les invitamos a participar.
 
La nota informativa completa se puede descargar aquí