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02/02/2011

RETIRADA DE LOTES DE EXTINTORES DEL MERCADO

Nota Informativa

Tras detectarse en el mercado la comercialización de determinados lotes de extintores de procedencia china con incumplimiento de la Directiva 97/23/CE, de equipos a presión, en aspectos que afectan al requisito esencial de seguridad y, especialmente, por tener defectos en sus uniones permanentes (soldaduras), la Junta de Castilla y León ha dictado una Resolución de 23 Noviembre 2010, de la Dirección General de Industria, por la que se declara la colocación indebida del marcado CE en determinados lotes de extintores marca Moncayo, S.L.

Como la citada Resolución es extensa en los fundamentos de derecho y hechos, transcribimos a continuación la literalidad del apartado resolutivo:

?? De acuerdo con lo anteriormente descrito, la documentación que obra en el expediente, a propuesta del Servicio de Promoción y Apoyo al Sector Industrial y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16 del R.D. 769/1999, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva 97/23/CE sobre equipos a presión, RESUELVO:

  1. Declarar la colocación indebida del marcado CE de los extintores pertenecientes a los lotes 5100, 5200, 5300, 5500, 5600, 5601, 5602, 5603, 5604, 5605, 5606, 5607, 5608, 5609, fabricados por EXTINTORES MONCAYO, S.L., de acuerdo con lo previsto en el Artículo 15 del R.D. 769/1999, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE sobre equipos a presión.
  2. Dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, tomar todas las medidas  necesarias  para restringir o prohibir la comercialización del producto considerado o garantizar su retirada del mercado de los extintores pertenecientes a los lotes citados, prohibiendo el uso de los que ya estén comercializados, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 15 b) del R.D. 769/1999, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE sobre equipos a presión.
  3. Dar traslado de esta Resolución a la Administración Central del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8 del R.D. 769/1999, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE, a los efectos de aplicación de la cláusula de salvaguardia e información a las restantes Administraciones Competentes y a la Comisión de la Unión Europea.
  4. A los efectos oportunos, la resolución se notificará a los interesados en el procedimiento, a la Agencia de Protección Civil y Consumo de la Consejería de Justicia e Interior, a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Economía y Empleo, a los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León y a las empresas mantenedoras de extintores de protección contra incendios en Castilla y León.Los citados extintores serán despresurizados, precintados y etiquetados, poniendo en conocimiento de esta Dirección General la relación de unidades. ??

Ponemos la resolución completa a disposición de los asociados de CEPREVEN interesados en la misma, que pueden solicitar al correo electrónico: asociacion@cepreven.com.